- Declaración de la Renta Así son las 'cartas del miedo' de Hacienda que nadie quiere recibir y que llegarán en julio
Algunos ciudadanos españoles apuran los días, o más bien las horas, para presentar la Declaración de la Renta 2023-24. Lo cierto es que la última fecha disponible para confeccionar el ejercicio fiscal y rendir cuentas ante la Agencia Tributaria es el lunes 1 de julio.
Sin embargo, es importante recordar algunas cosas. La presentación de las declaraciones por Internet, que empezó el pasado 3 de abril, se puede seguir haciendo sin ningún tipo de problema. Mientras que si la intención es hacerlo por teléfono o presencialmente, ya no se puede solicitar cita.
Tanto en el primer caso, cuyo plazo de presentación arrancó el pasado 7 de mayo, como en el segundo, que se inició el 3 de junio, se podía solicitar cita para ser atendido y así presentar la Declaración de Renta y Patrimonio 2023 desde el 29 de abril hasta el viernes 28 de junio.
Fechas límite a tener en cuenta para la Declaración de la Renta 2023
Cabe también mencionar algunas fechas que ya pasaron, después de las cuales ya no se permite hacer las mencionadas gestiones. El 26 de junio era el último día de plazo para domiciliar en caso de resultado negativo (a devolver), mientras que el 28 de junio era la fecha límite de domiciliación bancaria de las declaraciones a ingresar.
En caso de tener una cita para presentar la Declaración de la Renta de forma presencial, la documentación a entregar es la siguiente: DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de los que figuren en el documento, número IBAN de la cuenta bancaria, referencias catastrales de los inmuebles de propiedad y, en caso de presentar la declaración para otra persona, la autorización firmada por el declarante, además de la fotocopia de su DNI.
Es importante saber qué ocurre si se presenta la declaración fuera de plazo. Si sale a pagar, el contribuyente tendrá una multa y la cuantía a devolver será mayor: corresponde al 1% sobre el importe a pagar y otro 1% adicional por cada mes que pase. Si es la Agencia Tributaria la que nos tiene que pagar, también se aplicará un recargo por presentarla fuera de plazo: la multa puede ser de 100 euros y llegar hasta los 200.
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